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La Banca debe abonar el impuesto de las hipotecas

El Tribunal Supremo rectifica sobre el impuesto de las hipotecas

La Sala tercera del Tribunal Supremo, rectificando su propia jurisprudencia anterior, señala que quien debe abonar el impuesto sobre actos jurídicos documentados (AJD) en las hipotecas es el prestamista y no el prestatario, según sentencia del 16 de Octubre.

El Tribunal se basa en el hecho de que el único interesado en elevar a escritura pública la hipoteca es la entidad prestamista, ya que solo mediante esta inscripción podrá ejercitar la acción ejecutiva y privilegiada que deriva la hipoteca. La sentencia anula sí el artículo 68.2 del reglamento del impuesto.

Esta sentencia vuelve a hacer posible el que miles de prestatarios puedan reclamar la devolución del impuesto por parte del banco, aunque aquellos casos en los que se firmaron hipotecas antes del año 2014 estarían prescritos.

Hay que señalar que la reclamación debería efectuarse ante la agencia tributaria de cada Comunidad Autónoma, ya que son estas las que gestionan el impuesto.

Este impuesto supone el 75% de los gastos de una hipoteca, a los que se añaden los gastos de notario, el registro de la propiedad y la gestoría.

Tras la sentencia se espera un elevado número de reclamaciones y, por tanto, un importante impacto sobre el sector financiero, que ya está sufriendo las consecuencias en forma de desplome de sus cotizaciones en bolsa.

Este asunto parecía cerrado tras la sentencia de Marzo de la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo, que le daba la razón a la banca. Sin embargo, la actual sentencia ha dado un giro de 180 grados a este asunto.

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